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Ley de Movilidad Sostenible: así afecta el Plan de Movilidad al Trabajo a tu empresa

Si tu empresa tiene un centro de trabajo con más de 200 personas —o más de 100 por turno—, es probable que ya hayas oído hablar del nuevo Plan de Movilidad al Trabajo. La Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, obliga a implantarlo antes del 5 de diciembre de 2026, y el transporte colectivo laboral se perfila como la medida más eficaz para cumplirlo. En este artículo te explicamos qué dice la ley, a quién afecta, qué plazos manejas y cómo en Esteban Rivas ayudamos a las empresas a convertir esta obligación en una solución de movilidad real para sus empleados.

¿Qué es la Ley de Movilidad Sostenible y qué obliga a las empresas?

La Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible (publicada en el BOE y en vigor desde el 5 de diciembre de 2025), regula por primera vez de forma integral el derecho a la movilidad en España. Entre sus novedades, el artículo 26 introduce la obligación de que determinados centros de trabajo implanten un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo: un documento que recoge las medidas para organizar y optimizar los desplazamientos de ida y vuelta al trabajo de sus empleados, promoviendo opciones más seguras, sostenibles y eficientes que el vehículo privado individual.

Puedes consultar el texto completo de la ley en el Boletín Oficial del Estado.

¿Qué empresas están obligadas a tener un Plan de Movilidad al Trabajo?

Según el artículo 26 de la Ley 9/2025, deben implantar un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo los centros de trabajo con:
  • Más de 200 personas trabajadoras, o
  • Más de 100 personas trabajadoras por turno.
Si varias empresas de un mismo grupo comparten centro de trabajo, el número de empleados se calcula de forma conjunta para saber si se supera el umbral.

Plazos que debes tener en cuenta

  • 5 de diciembre de 2026: fecha límite para tener el plan implantado.
  • 2 años después de la implantación: primer informe de seguimiento obligatorio, que después deberá repetirse cada dos años.
  • El plan debe negociarse previamente con la representación legal de los trabajadores y comunicarse a la autoridad autonómica competente, además de incorporarse al registro correspondiente.
Según explicó Álvaro Benítez, de Impulso by PONS, en el Foro ANETRA Granada 2026, elaborar un plan de este tipo lleva de media unos cuatro meses, por lo que las empresas obligadas deberían empezar a trabajar en él cuanto antes para no llegar tarde al plazo legal. Puedes leer el análisis completo de la ponencia en ANETRA Informa.

¿Qué pasa si mi empresa no cumple con el plazo?

El incumplimiento de esta obligación puede acarrear el reintegro de determinadas ayudas públicas recibidas por la empresa, además de mantener igualmente la obligación legal de negociar e implantar el plan. En un contexto en el que la Ley de Movilidad Sostenible ya está en vigor, empezar a moverse cuanto antes evita sorpresas de última hora.

Por qué el transporte colectivo es la medida más eficaz para cumplir la ley

Entre todas las medidas que puede incluir un Plan de Movilidad al Trabajo —movilidad compartida, flexibilidad horaria, transporte público o privado de empresa, movilidad activa, infraestructuras sostenibles—, el transporte colectivo laboral destaca como la de mayor impacto directo y medible.

Los datos respaldan esta idea:
  • El 14% de los accidentes laborales con baja se produce durante el trayecto de ida o vuelta al trabajo.
  • Más de 5.000 polígonos industriales en España carecen de una oferta suficiente de transporte público.
  • La movilidad supone el 11,4% del gasto total de los hogares, del que un 90,9% se destina al vehículo privado.
Una ruta de autocar de empresa reduce directamente estos tres problemas: disminuye la siniestralidad in itinere, cubre polígonos mal conectados por transporte público y reduce la dependencia del coche particular de los empleados. Además, permite medir indicadores muy concretos —ocupación, kilómetros de coche evitados, emisiones de CO2 reducidas— que son precisamente los que exige el informe de seguimiento obligatorio de la ley.

Cómo diseñar rutas de empresa que cumplan con el Plan de Movilidad al Trabajo

Implantar un servicio de transporte colectivo laboral no consiste solo en contratar un autobús: requiere un diseño de rutas que realmente reduzca el uso del coche privado y que pueda justificarse ante la representación legal de los trabajadores y la autoridad autonómica. En Esteban Rivas seguimos un proceso pensado precisamente para eso.

1. Estudio de movilidad de la plantilla

Analizamos dónde viven los empleados del centro de trabajo para identificar las zonas de mayor concentración y diseñar paradas y horarios que maximicen la ocupación del servicio.

2. Diseño de rutas y turnos

Adaptamos el servicio a la realidad de cada empresa: rutas diarias fijas para plantillas con horario único, o lanzaderas para empresas con varios turnos de trabajo, ideales para polígonos industriales y centros logísticos.

3. Propuesta y presupuesto cerrado

Entregamos una propuesta con vehículos, frecuencias y coste, lista para presentar en la negociación del plan con la representación de los trabajadores.

4. Implantación y seguimiento

Ponemos en marcha el servicio con conductores profesionales y te facilitamos los datos de ocupación y uso necesarios para el informe de seguimiento obligatorio a los dos años.

Esteban Rivas, especialistas en transporte de empleados desde 1955

Llevamos más de 70 años dedicados al transporte discrecional de viajeros por carretera, y desde hace años ofrecemos un servicio específico de rutas de empresa y transporte de empleados para compañías de todos los tamaños.

Contamos con una flota moderna de entre 7 y 59 plazas, adaptada a cualquier volumen de plantilla, y con cobertura en toda España, no solo en Madrid. Si tu empresa tiene que cumplir con el nuevo Plan de Movilidad al Trabajo antes del 5 de diciembre de 2026, podemos ayudarte a diseñar e implantar el servicio de rutas que necesitas, desde el estudio inicial hasta el seguimiento anual.

Consulta también el resto de nuestros servicios de alquiler de autocares y autobuses si además de la ruta de empleados necesitas transporte para eventos, congresos o traslados puntuales de tu empresa.

Preguntas frecuentes sobre el Plan de Movilidad al Trabajo

¿Qué empresas están obligadas a implantar un Plan de Movilidad al Trabajo?

Los centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras, o más de 100 por turno, según el artículo 26 de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible. Si varias empresas de un mismo grupo comparten centro, la suma de empleados de todas ellas determina si se supera el umbral.

¿Cuál es el plazo para cumplir con la ley?

El 5 de diciembre de 2026. El plan debe negociarse antes con la representación legal de los trabajadores y comunicarse a la autoridad autonómica correspondiente.

¿Es obligatorio contratar transporte colectivo para cumplir la ley?

No es la única medida posible, pero es una de las más eficaces y medibles: reduce la siniestralidad in itinere, el uso de vehículo privado y facilita los indicadores que exige el informe de seguimiento obligatorio.

¿Cuánto tiempo se tarda en implantar un servicio de rutas de empresa?

Depende del tamaño de la plantilla y las ubicaciones, pero un estudio de movilidad y una propuesta de rutas pueden estar listos en pocas semanas. Cuanto antes empieces, más margen tendrás para negociar el plan antes del plazo legal.

¿Esteban Rivas ayuda con el informe de seguimiento obligatorio a los dos años?

Sí, facilitamos los datos de ocupación, uso y kilómetros del servicio necesarios para justificar el plan ante la autoridad competente.

¿Qué pasa si mi empresa no implanta el plan a tiempo?

El incumplimiento puede conllevar el reintegro de determinadas ayudas públicas recibidas por la empresa, además de mantener la obligación legal de implantarlo igualmente.

Solicita información sobre rutas de empresa

¿Tu empresa tiene que cumplir con el nuevo Plan de Movilidad al Trabajo antes de diciembre de 2026? En Esteban Rivas te ayudamos a diseñar el servicio de rutas de empresa que necesitas, desde el estudio de movilidad hasta la implantación y el seguimiento.

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